A partir de este viernes 23 de octubre de 2026, el ecosistema de movilidad eléctrica en Costa Rica experimenta un cambio regulatorio estructural. La Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos (Aresep) dispuso la eliminación de la tarifa regulada T-VE de todos los pliegos tarifarios del país mediante la resolución RE-0054-IE-2026, estableciendo que el precio final del servicio de recarga comercial para vehículos eléctricos se regirá bajo un modelo de libre determinación de precios y competencia.
La disposición aplica el marco legal establecido en la Ley n.° 10937 (Ley de Fomento a la Infraestructura de Recarga Eléctrica y Estrategias para la Movilidad Sostenible en Costa Rica). La normativa separa formalmente dos eslabones del negocio: el suministro eléctrico mayorista que compran los centros de recarga y el servicio minorista de recarga que estos venden a los usuarios.
¿Cómo cobrarán la energía las empresas distribuidoras a las estaciones?
Uno de los puntos clave del nuevo esquema quedó definido en la resolución complementaria RE-0053-IE-2026, la cual aclara la relación comercial entre las empresas eléctricas distribuidoras (ICE, CNFL, ESPH, JASEC y cooperativas rurales) y los operadores de electrolineras:
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Sin tarifa exclusiva para cargadores: Aresep determinó que no existirá un pliego o tarifa subsidiada/preferencial exclusiva para abastecer centros de recarga eléctrica.
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Aplicación de categorías comerciales vigentes: La energía entregada a las estaciones de carga se facturará según las tarifas ya existentes de cada distribuidora, de acuerdo con el perfil técnico de conexión del punto por ejemplo (tarifas comerciales generales, tarifas horarias T-BH/T-CH o categorías de media tensión T-MT según la demanda de potencia y kilovatios contratados).
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El costo mayorista sigue regulado: Mientras el precio de la electricidad que la estación compra a la red se mantiene estrictamente regulado y sujeto a los pliegos aprobados por Aresep, el operador privado o público trasladará sus costos de energía, infraestructura y margen en el precio final que fije libremente al conductor.
Lo que cambia y lo que se mantiene para el usuario
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Recargas en estaciones públicas (Precio libre): Al eliminarse la tarifa T-VE, el cobro por recargar en cargadores rápidos o semirrápicos en carretera, centros comerciales o estaciones privadas dependerá de las condiciones de mercado de cada operador. Aresep no fijó una tarifa de reemplazo, bandas tarifarias ni topes máximos, por lo que la medida no garantiza de inmediato un aumento ni una rebaja automática.
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Carga residencial (Sin modificaciones): La desregulación aplica de forma exclusiva a las estaciones comerciales y públicas fuera del hogar. La electricidad que consume una vivienda para recargar un auto en su cochera mantiene intacto su régimen regulado ordinario o bajo tarifa residencial horaria (T-RE / T-CRH).
Supervisión técnica y reservas del sector
Pese a liberalizar el cobro al consumidor final, Aresep clasificó la comercialización de la recarga como un servicio de interés general, por lo que conservará atribuciones de inspección técnica, control de seguridad en los equipos dispensadores, obligaciones de información clara al consumidor y acceso no discriminatorio a la infraestructura.
Durante el proceso de consulta pública, el Instituto Costarricense de Electricidad (ICE) solicitó posponer la eliminación directa de la T-VE y evaluar esquemas alternativos como precios de referencia, bandas o tarifas techo, argumentando riesgos de concentración de mercado y posibles asimetrías de cobertura en zonas rurales alejadas del Gran Área Metropolitana (GAM). Aresep desestimó estas propuestas técnicas al considerar que la Ley 10937 mandata la apertura comercial plena sin una fijación tarifaria final impuesta por el regulador.



