El Ministerio de Economía, Industria y Comercio (MEIC), realizó un estudio sobre los márgenes brutos de comercialización de algunas marcas de vehículos eléctricos que se venden actualmente en Costa Rica.
El ejercicio realizado consistió en calcular el precio de internamiento para siete vehículos de marcas diferentes. Ese costo contempla rubros como: i. Costo de las mercancías; ii. Costo del seguro internacional; y iii. Costo del flete internacional hasta el puerto de destino. Además, deben considerarse los impuestos correspondientes.
Luego de ello, se procedió a comparar dicho precio con el precio ofrecido en el mercado interno al consumidor final, dando como resultado el margen bruto de comercialización.
Para el cálculo del precio de internamiento, se utilizó como base la información estadística de la Dirección General de Aduanas del Ministerio de Hacienda, mientras que para obtener el precio al consumidor se visitaron agencias, obteniéndose la información en dicha visita, o mediante la información publicitada por la agencia en su sitio Web.
El estudio tomó como referencia datos del mes de noviembre del 2022. Los resultados fueron:
Con base en la información del cuadro anterior podemos ver que la mayor diferencia encontrada fue de $46 710.45, mientras que la menor correspondió a $11 969.24, equivalente a un 108,8% y 37,5%, respectivamente.
En promedio para los siete vehículos analizados, el margen bruto de comercialización fue de $24 520.13, es decir un 62,6%.
En lo más alto de la lista tenemos al MINI COOPER SE con un margen de un 109%, en segundo lugar el HYUNDAI KONA con un 82%, de tercero tenemos el BMW IX con un 64%, en el cuarto lugar tenemos al BYD Yuan Plus con un 52%, en el quinto tenemos un empate entre el MG ZS EV y el E-TRON SPORTBACK 50 QUATRO con un 47% y finalmente tenemos al NISSAN LEAF con margen de un 37%.
Es importante señalar que la importación de vehículos eléctricos cuenta con incentivos fiscales temporales, con el objetivo de impulsar el uso del transporte eléctrico en el país y cumplir con compromisos adquiridos en convenios internacionales para promover un ambiente sano y ecológicamente equilibrado.
En este sentido, el artículo 9 de la Ley de incentivos y promoción para el transporte eléctrico, N° 9518, modificado por la Ley de Incentivos al Transporte verde, N° 10209 del 5 de mayo de 2022, exonera temporalmente la importación de vehículos eléctricos de los impuestos del valor agregado (IVA), selectivo de consumo y sobre el valor aduanero, a partir de mayo del 2022 y hasta el año 2035, de la forma que se indica:
✓ Impuesto sobre el valor agregado (IVA): A partir de mayo de 2022, está exonerado en un 100%; durante el primer período fiscal, siguiente a la publicación de esta ley (2023), estarán gravados con una tarifa de un 1% de este impuesto, aumentando un punto porcentual por período fiscal hasta alcanzar la tarifa general del 13% prevista en la Ley 9635, Ley Fortalecimiento de las Finanzas Públicas, de 3 de diciembre de 2018.
✓ Impuestos selectivos de consumo y sobre el valor aduanero: Durante 36 meses (primeros tres años) estarán exentos de la tarifa vigente; luego tendrán una tarifa exonerada en un 75% durante 36 meses; otros 36 meses con exoneración del 50% y otros 36 meses con tarifa del 25%; y finalmente, a partir de los 12 años pagará el impuesto de consumo y sobre el valor aduanero que corresponda (en la actualidad 30% para vehículos eléctricos nuevos).
El análisis fue realizado de manera conjunta por las direcciones de Defensa Comercial (DDC) y la de Investigaciones Económicas y de Mercados (DIEM), ambas del MEIC.
Repuesta de empresas:
Juan Ignacio Sansó, gerente comercial de BMW
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- Se está utilizando el costo CIF del BMW iX en su versión más económica pero se difunde el precio de la versión más equipada y costosa, entre una y otra versión hay una diferencia de $20.000.
- En el análisis del MEIC no se incluyen gastos como los traslados internos, alistamiento, el cargador de 220 voltios y la instalación que le ofrecemos a cada cliente, la revisión técnica vehicular y el marchamo 2023 del que solo se exonera un 80% en este caso.
- Excluir esos datos representa no contemplar el 4.5% del valor del vehículo y a su vez produce una distorsión en la información que llega a los costarricenses.
En el caso de la marca MINI ocurre algo similar, se publica el valor CIF de una versión mientras que se suministra el precio de la versión más equipada y con mayor valor, en el caso de esta marca esa diferencia entre las versiones que publican alcanza los $10.000.” Respuesta BMW Costa Rica 20_12_2023
Silvia Rojas, Directora Ejecutiva ASOMOVE.
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En atención a los datos hechos públicos por el Ministerio de Economía, Industria y Comercio (MEIC), en donde se evidencian amplios márgenes de ganancia con la venta de vehículos eléctricos en Costa Rica, hemos enviado oficio a las autoridades solicitando lo siguiente:
1. Ampliar el estudio a todas las marcas y los modelos de vehículos eléctricos disponibles en el país y publicar sus márgenes.
2. Ampliar el estudio a vehículos híbridos y de combustión y publicar sus márgenes de ganancia.
3. Definir una estrategia y acciones concretas para evitar que se generen prácticas abusivas que desincentiven el paso a la movilidad eléctrica.
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